DERECHOS Y OBLIGACIONES
6. ¿A partir de que edad podemos comenzar a trabajar?
Según el artículo 162 del Código de la niñez y la adolescencia, la edad mínima para trabajar ya sea en el ámbito público como privado es a partir de los 15 años.
Según el artículo 162 del Código de la niñez y la adolescencia, la edad mínima para trabajar ya sea en el ámbito público como privado es a partir de los 15 años.