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Libro a LOS ORÍGENES DEL ESTADO ORIENTAL

Sitio: Aulas | Uruguay Educa
Curso: LSU HISTORIA 5
Libro: Libro a LOS ORÍGENES DEL ESTADO ORIENTAL
Imprimido por: Invitado
Día: sábado, 23 de noviembre de 2024, 07:48

1. Proceso independentista


Los orígenes del Estado Oriental

Proceso independentista

Leyes declaradas por la Sala de Representantes (Florida, 25 de agosto de 1825)

La Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la Soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente inviste, para constituir la existencia política de los pueblos que la componen, y establecer su independencia y felicidad, satisfaciendo el constante, universal y decidido voto de sus representados; después de consagrar á tan alto fin su más profunda consideración; obedeciendo la rectitud  de su íntima conciencia, en el nombre y por la voluntad de ellos, sanciona con valor y fuerza de ley fundamental lo siguiente:



2. Ley de Independencia

Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental, por la violencia de la fuerza unida á la

perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil que la han tiranizado, hollado y usurpado sus inalienables derechos, y sujetándole al yugo de un absoluto despotismo desde el año de 1817 hasta el presente de 1825. 

Y por cuanto el Pueblo Oriental, aborrece y detesta hasta el recuerdo de los documentos que comprenden tan ominosos actos, los Magistrados Civiles de los pueblos en cuyos archivos se hallan depositados aquellos, luego que reciban la presente disposición, concurrirán el primer día festivo en unión del Párroco y vecindario y con asistencia del Escribano, Secretario, o quien haga sus veces á la casa de Justicia, y antecedida la lectura de este Decreto se  testará y borrará desde la primera línea hasta la última firma de dichos documentos, extendiendo en seguida un certificado que haga constar haberlo verificado, con el que deberá darse cuenta oportunamente al Gobierno de la Provincia.



3. Ley de Unión

En consecuencia de la antecedente declaración, reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos, libertades y prerrogativas, inherentes á los demás pueblos de la tierra, se declara de hecho y de derecho libre é independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil, y de cualquiera otro del universo y con amplio y pleno poder para darse las formas que en uso y ejercicio de su soberanía estime convenientes.



4. Ley de Creación del Pabellón

Se establece la bandera formada por tres franjas horizontales ( celeste, blanco y punzó) como bandera provisoria de la Provincia hasta que pueda utilizar la de las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Dado en la Sala de Sesiones de la Representación Provincial, en la Villa de San Fernando de la Florida, a 25 del mes de Agosto del año de 1825.


5. Créditos

Prof. Beatriz Martínez

ILSU Natalia Medina

Audio: Natalia Medina