Los Derechos Humanos.
Sitio: | Aulas | Uruguay Educa |
Curso: | Educación Social y Cívica - 3º C.B. |
Libro: | Los Derechos Humanos. |
Imprimido por: | Invitado |
Día: | viernes, 22 de noviembre de 2024, 12:04 |
1. ¿Qué son los Derechos Humanos?
- Son facultades que se les reconocen a las personas por su naturaleza.
- Son un conjunto de principios aceptados universalmente, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente, destinados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su dimensión individual y social, material y espiritual.
2. Declaración Universal con videos.
Imagen Interactiva con los 30 Artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos AQUÍ
3. Características
- NATURALES: Pertenecen a la naturaleza humana.
- INNATOS: Los traemos al nacer.
- UNIVERSALES: Los tenemos todos los seres humanos, independientemente de nuestra raza, sexo, edad, situación económica, ideología, etc.
- INALIENABLES: No se pueden destruir.
- INSTRANFERIBLES: No se pueden comprar o vender.
- IMPRESCRIPTIBLES: No vencen nunca.
- INVIOLABLES: No se pueden violar.
- OBLIGATORIOS: Es obligación respetarlos
- TRASCIENDEN LÍMITES NACIONALES: Existen independientemente de los límites de un país.
- NO JERARQUIZABLES: No hay unos más importantes que otros.
- INTERDEPENDIENTES: Dependen unos de otros.
- COMPLEMENTARIOS: Se complementan unos a otros.
4. Principios Rectores.
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 10
- Artículo 72
Artículo 7°
Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecieron por razones de interés general.
Artículo 8°.
Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.
Artículo 10º.
Las acciones privadas de las personas que de ningún modo atacan el orden público ni perjudican a un tercero, están exentas de la autoridad de los magistrados.
Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
Artículo 72º.
La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno.