Disolución de la unión de hecho

La misma se disuelve por los siguientes motivos:

  • Fallecimiento de uno de los concubinos.
  • Uno o ambos concubinos lo promueven mediante sentencia judicial.
  • La ausencia declarada de uno de los concubinos.
  • Uno de los efectos de la sentencia de separación de la unión de hecho, es el reclamo de ayuda o auxilio económico por un lapso o plazo no mayor al de convivencia.
  • Cuando el concubinato se disuelve por el fallecimiento de uno de los convivientes, el concubino sobreviviente tiene derecho a percibir una pensión.

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