Educación Social y Cívica - 3º C.B.
Poder Judicial
5. Juzgados de Paz
En la República habrá tantos Juzgados de Paz cuantas sean las secciones judiciales en que se divida el territorio de los departamentos.
Los Jueces de Paz durarán cuatro años en el cargo y podrán ser removidos en cualquier tiempo, si así conviene a los fines del mejor servicio público.
Requisitos:
- Se requiere 25 años.
- Ser abogado para el departamento de Montevideo, o abogado o escribano para el interior de la República.
- Duran 4 años en el cargo y pueden ser removidos por razones de servicio.
- Designados por la SCJ por mayoría absoluta de votos.
- Además de los Juzgados de Paz departamentales, existen en el interior del país, los Juzgados de Paz de Villas y Ciudades y los Juzgados de Paz Rurales.