DERECHO
ESTADO CIVIL
9. Parte 9
¿Cómo comprobamos el estado civil ?
Hay dos formas de pruebas:
1. A través de MEDIOS AUTÉNTICOS-- Son los testimonios de las partidas del registro del estado civil que pretendo comprobar...si tengo que comprobar que soy hija matrimonial de mis padres tendré que presentar el testimonio de mi partida de nacimiento y el testimonio de la partida del matrimonio de mis padres.
2. A través de MEDIOS SUPLETORIOS. Cuando no podemos acceder a los medios auténticos, por diferentes causas, (pérdida, deterioro de los registros o a lo mejor porque nunca se inscribieron) podemos utilizar los medios supletorios en el siguiente orden:
a. Documentos auténticos: Testamentos, escritura pública o sentencias
b. Testigos presenciales: Personas que hayan presenciado la constitución del estado civil que pretendo probar. (Ejemplo, testigos de matrimonio)
c. Posesión notoria del estado civil. Con esto pretendo probar que poseo en forma obvia, notoria, pública y evidente un estado civil del que no se tiene documentación alguna ni testigos presenciales del hecho. Tendré que presentar testigos que corroboren TRATO, FAMA Y TIEMPO. Van a tener que corroborar que fui tratada, presentada y por un tiempo no menor a 10 años como el estado civil que pretendo probar, que fui tratada, conocida públicamente como hija extramatrimonial del Sr …… por ejemplo.