2. Integración

1.    ASAMBLEA GENERAL

Reunión conjunta de ambas cámaras y presidida por el Presidente de la cámara de Senadores (Vice)

 

2.    CÁMARA DE SENADORES
30 miembros electos directamente en una sola circunscripción electoral

Presidida por el Vice. con voz y voto.

- Requisitos:

  • Ciudadano natural en ejercicio o legal con 7 años de otorgada la carta de ciudadanía.
  • 30 años.

 

3.    CÁMARA DE DIPUTADOS
99 miembros electos directamente por el sistema de representación proporcional, correspondiendo a cada departamento por lo menos 2 representantes.

Presidida por el diputado electo internamente, uno para cada año de ejercicio, como resultado de acuerdos políticos.

Requisitos:

  • Ciudadano natural en ejercicio o legal con 5 años de otorgada la carta de ciudadanía.
  • 25 años.

4.    COMISIÓN PERMANENTE
Se integra con 4 senadores y 7 diputados (11 titulares con sus suplentes)

La preside el senador de la mayoría.

Se designan anualmente dentro de los 15 días de la constitución de la Asamblea General.

Sesiona durante los recesos parlamentarios: desde el 15 de diciembre al 1º de marzo, salvo el año de las elecciones nacionales que el receso es del 15 de setiembre, reiniciándose con las nuevas cámaras el 15 de febrero.