3. Formalidades del matrimonio

Formalidades del matrimonio

En la capital del país se celebran en el Registro de Estado Civil y los funcionarios que presiden la ceremonia son los Oficiales de Estado Civil.

En los demás departamentos, cumplen esta función administrativa los Jueces de Paz en sus respectivas jurisdicciones.

Se requiere la publicación de Edictos Matrimoniales en el Diario Oficial y en otro diario del medio a los efectos de las eventuales denuncias de la existencia de impedimentos que se pudieran formular.

Es condición imprescindible la presencia de testigos y la asistencia de los responsables si fueran menores púberes los dos o uno de los cónyuges durante la ceremonia.